Hola

Hoy inauguro una sección que recogerá las preguntas más frecuentes con las que nos encontramos los administradores de fincas en nuestro trabajo diario con las Comunidades de Propietarios.

¿Puedo desvincularme de la Comunidad?

Evidentemente no.
Todo propietario de una vivienda en un edificio en régimen de Propiedad Horizontal, debe respetar los acuerdos adoptados en la Junta de Propietarios y cumplir con las obligaciones que la Ley y los Estatutos imponen.

¿Qué tipo de obras puedo realizar en mi casa?

Todo propietario podrá realizar dentro de su casa obras, siempre y cuando no afecte a la estructura y seguridad del edificio. En ningún caso podrán alterar la cimentación, las vigas, los muros de carga, ni efectuar obras que perjudiquen los derechos de otros propietarios.

En ningún caso se podrá alterar la estética del edifico ni los elementos comunes, sin el consentimiento unánime de la Comunidad.

Siempre se debe comunicar la realización de obras al Presidente de la Comunidad.

Si soy moroso ¿tengo derecho a votar?

Los propietarios que al iniciarse la Junta no se encontrasen al corriente de pago de todas las deudas vencidas con la Comunidad y no hubiesen impugnado judicialmente las mismas o procedido a la consignación judicial o notarial (sin condicionamientos) de la suma adeudada, podrán participar de sus deliberaciones, pero no tendrán derecho a voto.

  

Espero que te haya servido de ayuda J