Normas a cumplir:
• Respetar el aforo permitido (30% según Orden ministerial).
• Los usuarios deberán cumplir con las medidas higiénico-sanitarias (desinfección de manos a la entrada y salida del recinto, uso de papeleras para material desechable, limpieza de calzado a la entrada).
• Respetar los horarios y turnos establecidos por la comunidad para su uso.
• Cumplir con la distancia de seguridad de “al menos” dos metros dentro y fuera de la instalación.
• Los objetos personales, incluida la toalla, deberán permanecer dentro del perímetro de seguridad.
• Los usuarios no podrán hacer uso de las duchas y baños de los vestuarios.
• No se podrán utilizar las fuentes de agua potable que existan en el recinto.
• Durante las labores de limpieza y desinfección (al menos tres veces al día), no se podrá hacer uso de la instalación.
• Será obligatorio ducharse antes y después de bañarse en la piscina. El andén perimetral se utilizará para el acceso y la salida de los usuarios del vaso de la piscina, no pudiendo permanecer en él para otros fines.
• El acceso al vaso solo se podrá realizar a través de las escaleras, preferiblemente una de ellas para facilitar el control siempre que no ocasione aglomeraciones. No se podrá acceder de otra manera (tirándose de cabeza, saltando…) para evitar chapoteos.
• No estará permitido el uso de colchonetas, balones…, ni accesorios o elementos que generen chapoteos.
Recomendaciones:
• Aún cuando se tenga que respetar la distancia social, es recomendable el uso de la mascarilla.
• Es recomendable la utilización de gafas para el baño, incluyendo las que protegen las fosas nasales o máscaras de buceo.
• Se recomienda al usuario ducharse en casa.
Fuentes: Orden Ministerial de 14 de mayo, medidas para la apertura de piscinas comunitarias de la Comunidad de Madrid y procedimiento del Ayuntamiento de Madrid para la verificación de la eficacia de las medidas adoptadas en establecimientos de piscinas.